Nueva polémica de la OCU • Guapísimas

Ayer algunos diarios recogían en sus páginas titulares del tipo “La OCU advierte de la presencia de sustancias tóxicas en pintalabios de Kiko, MAC y Too Faced”. Una vez más, la polémica estaba servida.

Como viene siendo habitual, la organización de consumidores reclamaba a las autoridades que se establezca un límite máximo para un tipo de sustancias a las que tilda como tóxicas y exige, como si fuera algo que la industria no contemple, “que garantice la salud de los consumidores”.

Las sustancias a las que se refieren son derivados de aceites minerales -Mineral Oils Saturated Hydrocarbons (MOSH) y Mineral Oils Aromatic Hydrocarbons (MOAH)-, presentes en algunos pintalabios.

Tras los primeros momentos de alarma social, la Asociación Nacional de Perfumería y Cosmética, Stanpa, que reúne a los fabricantes de, entre otras cosas, maquillaje y que conoce la legislación al dedillo, se ha pronunciado oficialmente:

Reproducimos íntegramente el comunicado de Stanpa (Asociación Nacional de Perfumería y Cosmética)

El artículo de la revista OCU publicado en su número de febrero bajo el título “Peligro rojo. Labios con MOSH y MOAH” analiza 9 labiales y cuestiona la seguridad de 5 de los productos por la supuesta presencia de ingredientes preocupantes.

En su evaluación ha tenido en cuenta la presencia de metales pesados y de impurezas procedentes de aceites minerales.

El estudio demuestra desconocer la regulación y las recomendaciones del sector que, sin duda, malinterpreta. Los aceites minerales se llevan utilizando en cosmética desde hace más de 100 años como ingredientes seguros para el consumidor.

Su uso desde la perspectiva alimentaria se lleva estudiando desde hace más de 15 años. La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) se ha pronunciado favorablemente y el sector cosmético siempre ha tenido en cuenta la literatura científica publicada al respecto para hacer las evaluaciones de seguridad.

  1. Metales pesados: en su artículo, OCU confirma que la presencia de trazas en todos los productos analizados está dentro de los límites establecidos por el Instituto Federal Alemán de Evaluación de Riesgos, por lo que la propia OCU afirma que no suponen un riesgo para la salud humana.
  2. Aceites minerales: según OCU, las barras de labios pueden incluir en su composición aceites minerales derivados del petróleo que, si no se refinan bien, pueden arrastrar impurezas de MOSH (Mineral oil saturated hydrocarbons), MOAH (Mineral oil aromatic hydrocarbons) y POSH (Polyolefin oligomeric saturated hydrocarbons) y, sustancias que si se ingieren pueden resultar tóxicas, incluso potencialmente cancerígenas. Como en anteriores ocasiones OCU critica la falta de una normativa que establezca unos límites de seguridad.

Una vez más, Stanpa, Asociación Nacional de Perfumería y Cosmética, quiere rebatir este mensaje y recordar los siguientes puntos:

Los aceites minerales utilizados en los productos cosméticos son, en términos químicos, los llamados MOSH. Estudios científicos demuestran que los MOSH no se absorben a través de la piel.

En lo que refiere a los MOAH, el Reglamento Europeo sobre Productos Cosméticos (1223/2009) regula los aceites minerales y define las estrictas condiciones que deben cumplir para garantizar su uso seguro en productos cosméticos: siempre que se conozca en su totalidad el historial del refino y cuando se haya verificado que la sustancia a partir de la cual se producen estos aceites no es carcinógena. De este modo, la regulación europea permite asegurar que las posibles trazas de MOAH que pudiesen estar presentes en el producto después de su purificación sean totalmente seguras para los consumidores.

Por otro lado, la Recomendación sobre aceites minerales emitida por la Asociación Europea de productos cosméticos, Cosmetics Europe, define las especificaciones que deben cumplir para garantizar la seguridad cuando se utilizan en productos labiales:

    • Los ingredientes deben de ser de alta calidad y cumplir con los requisitos de pureza exigidos por farmacopea, el más alto estándar de calidad empleado para productos farmacéuticos.
    • Se recomienda el uso de aceites minerales de grado alimenticio, cuya seguridad está aprobada por el Comité de Expertos en Aditivos Alimentarios de la (JECFA) y para los que ha sido identificada una ingesta diaria admisible (IDA) por la EFSA (Agencia Europea de seguridad alimentaria) y la JECFA.
    • Adicionalmente, también recoge otra serie de especificaciones que determinan la calidad de los aceites minerales como son la viscosidad, el peso molecular, y el número de carbonos, este último en línea con la regulación alimentaria. Para este último ensayo, la especificación es la siguiente: no más del 5% de hidrocarburos con una longitud de cadena inferior a 25. Sin embargo, OCU sigue interpretando este ensayo erróneamente y estableciendo un límite del 10% del sumatorio de MOSH y POSH, dato basado en una interpretación personal realizada por los autores (Niederer et al., 2016) como explica la propia BEUC con anterioridad y no compartido por ninguna Autoridad Sanitaria.

Por tanto, Stanpa reafirma la seguridad de las barras de labios. Las consumidoras pueden usarlos con total garantía. Todos los ingredientes utilizados son ampliamente probados y cumplen los más altos estándares en términos de pureza y calidad.

Estos requisitos se aplican, por supuesto, a las materias primas cosméticas a base de aceite mineral utilizados en los productos de labios.

Stanpa ha puesto esta información en conocimiento de las autoridades sanitarias españolas. Una vez más se presenta un análisis cuya metodología no se describe y cuya autoría se desconoce. Los autores se atribuyen la capacidad de establecer niveles de aceptación que no existen en la literatura científica, cuando el estudio dice literalmente “los límites de seguridad que hemos establecido”.

Stanpa recuerda que la seguridad es uno de los pilares básicos de la industria cosmética y que la salud y seguridad de los productos, en este caso de las barras de labios, está garantizada por múltiples estudios y por una de las legislaciones más restrictivas y seguras del mundo, como es la de la Unión Europea.